ACUERDO mediante el cual se modifica el proemio, así como los artículos primero y tercero, base I de la autorización otorgada a Fianzas Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte, por cambio de su denominación social.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Valores y Pensiones.- Oficio 366-IV-USVP-060/07.- 718.1/306578.
AUTORIZACIONES A INSTITUCIONES DE FIANZAS.- Se modifica la otorgada a esa sociedad, por cambio de su denominación social.
Fianzas Banorte, S.A. de C.V.
Grupo Financiero Banorte
(ahora Primero Fianzas, S.A. de C.V.
en virtud de la autorización que se les otorga)
Av. Paseo de la Reforma No. 350, Piso 7.
Col. Juárez.
México, D.F. C.P. 06600.
En virtud de que mediante oficio 366-lV-618/07 de esta misma fecha, se les otorgó aprobación para reformar sus estatutos sociales, con el propósito fundamental de cambiar su actual denominación de Fianzas Banorte, S.A. de C.V. Grupo Financiero Banorte por la de Primero Fianzas, S.A. de C.V. y eliminar la referencia como integrante del Grupo Financiero Banorte, S.A. de C.V., en virtud de que dejaran de formar parte de dicho Grupo Financiero, en los términos acordados por su Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, celebrada el 27 de marzo de 2007, contenida en el testimonio de la escritura número 53,875 de esa misma fecha, otorgada ante la fe del señor licenciado Primitivo Carranza Acosta, Notario Público suplente del licenciado Javier García Avila, Titular de la Notaría Pública número 72 de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, esta Secretaría con apoyo en lo dispuesto por los artículos 31, fracciones VIII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 5o. de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, así como 32, fracción VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha resuelto dictar el siguiente:
ACUERDO
Se modifica el proemio, así como los artículos primero y tercero, base I de la autorización otorgada mediante oficio 102-E-366-DGSV-l-C-a-2684 del 8 de agosto de 1991, modificada por oficios 366-IV-A-2055 del 21 de abril de 1997, 366-lV-A-2277 del 6 de abril de 1998, 366-IV-A-1720 del 3 de marzo de 1999, 366-IV-A-4138 del 9 de agosto de 1999, 366-lV-A-753 del 31 de enero del 2001, 366-lV-A-5368 del 19 de septiembre del 2001, 366-lV-A-5768 del 9 de octubre del 2002, 366-lV-A-112 del 16 de enero del 2004, 366- lV-DG-191/05 del 2 de agosto de 2005, 366-IV-DG-255/05 del 17 de octubre de 2005 y 366-lV-USVP- 241/06 del 23 de agosto de 2006, a Fianzas Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte, para que se organice y funcione como institución de fianzas, para quedar en la forma siguiente:
"AUTORIZACION QUE OTORGA EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO A PRIMERO FIANZAS, S.A. DE C.V., PARA ORGANIZARSE y FUNCIONAR COMO INSTITUCION DE FIANZAS, EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:
ARTICULO PRIMERO.- En uso de la facultad que al Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, confiere el artículo 5o. de la Ley Federal de de Fianzas, esta Secretaría autoriza a Primero Fianzas, S.A. de C.V., para organizarse y funcionar como institución de fianzas.
ARTICULO TERCERO.- La institución de fianzas estará sujeta a las disposiciones de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y demás normativa que derive de la misma, a la Ley General de Sociedades Mercantiles, así como a las demás leyes que le sean aplicables y, en particular a las siguientes bases:
1.- La denominación será Primero Fianzas, Sociedad Anónima de Capital Variable.
"
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 30 de marzo de 2007.- La Titular de la Unidad, Lorenza Martínez Trigueros.- Rúbrica.
(R.- 248873)
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 5 de junio de 2007
Martes 5 de junio de 2007 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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